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Cuando se hace una obra, para iniciar una actividad o para mejorar la imagen de un local una de las preguntas más habituales es la relativa a las obras:

 

¿Tengo que pedir licencia para estas obras? 

 

¿Necesito que un técnico firme el proyecto de la obra?

 

Pues bien atendiendo no solo al tipo de obras sinó también a la actividad, se pueden dar tres casos diferentes:

 

  • Actuaciones que NO necesitan autorización o comunicación previa al Ayuntamiento:

 

Por ejemplo si tenemos un local y realizamos obras de sustitución de instalaciones o de acabados interiores, siempre que no estén protegidos. Sin embargo, en cualquiera de estos casos si producimos escombros necesitaremos un contenedor y para depositarlo en la calle sí que hay que presentar un impreso en el ayuntamiento. Del mismo modo en determinadas situaciones puede ser necesaria la actuación de un técnico que actúe como Coordinador de Seguridad y Salud.

 

  • Actuaciones que necesitan autorización o comunicación previa al Ayuntamiento:

 

En otros casos necesitamos realizar un trámite previo a la obra, ya sea por el procedimiento de Declararación Responsable o por el de Licencia. El que sea uno u otro procedimiento dependerá del tipo de obras que vayamos a realizar.

 

El que una obra sea considerada o no de edificación repercute en que se requiera un proyecto técnico o no.  En general las obras de edificación son las que tradicionalmente se han entendido como obra mayor. Sin embargo existen casos que también son considerados obras de edificación y otros en donde no está claro el límite entre obra de edificación o no.

 

Para tratar de aclarar esto puedes consultarnos cuál es el procedimiento que a seguir. Te asesoramos y realizamos todas las gestiones necesarias para llevar a cabo la actuación que necesites.

Documentación para Licencias

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